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Uno de los cambios más esperados por las y los trabajadores de México cada año es el aumento del salario mínimo que entra en vigor cada 1 de enero. Pero, ¿es una medida que beneficia igual a hombres y mujeres?
Aquí, en el sitio Mente Mujer te compartimos algunos datos importantes que debes tomar en cuenta este inicio de año.
El salario mínimo no es opcional, es un derecho
Hay que partir de que las y los mexicanos tienen el derecho a recibir, por lo menos, el monto equivalente al salario mínimo, a cambio de su trabajo. Esto no es opcional, debido a que está plasmado en el artículo 85 de la Ley Federal del Trabajo de la siguiente manera:
“El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta Ley”.
En el caso de este 2026, el salario mínimo para la zona general quedó de 315.04 pesos diarios y de 440.87 pesos diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN).

Trabajo igual = salario igual
El artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) es claro al decir que:
“A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual”.
La misma Ley indica que es obligación del Estado Mexicano realizar acciones para disminuir la brecha de género que existe en el ámbito laboral del país.

Los derechos laborales son los mismos para las mujeres embarazadas
Otro punto fundamental tiene que ver con los derechos de las mujeres embarazadas. Y es que el artículo 56 de la LFT establece que:
“Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil”.
Lo anterior significa que, a las mujeres embarazadas no solo les deben respetar sus derechos básicos (tales como recibir por lo menos el salario mínimo), sino que también están protegidas ante la falta de contratación o el despido por su condición de embarazo.